Boletín – Junio de 2005
Vol. 6 No 6

Contenido:

    1. Noticias de la RIDC
    2. Reporte sobre La convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales
    3. Eventos y Anuncios


 

1. Están abiertas las Inscripciones para la Sexta Reunión Anual de la RIDC
INSCRIPCIÓN

La RIDC acepta a partir de ahora solicitudes de inscripción para su 6ª Reunión Anual que tendrá lugar en Dakar, Senegal, del 17 al 20 de noviembre de 2005. La RIDC invita a todos sus miembros y a otros a quienes preocupan los efectos corrosivos de la globalización en las culturas del mundo a unirse a nosotros. EL formulario de inscripción se encuentra más abajo. A medida que se obtengan recursos, la RIDC podrá ofrecer subvenciones a un número limitado de delegados para garantizar la participación de un amplio número de delgados de todo el mundo. Si usted requiere de asistencia financiera para poder asistir, debe informárnoslo tan pronto como sea posible.

La reunión de Senegal sucederá en un momento crítico. Tan sólo unas semanas antes, la Conferencia General de la UNESCO debe aprobar los términos de la Convención sobre la diversidad cultural que se ha encontrado en la primera línea del trabajo de la RIDC desde su primera reunión en el año 2000. Veremos cuáles son los resultados. Pero desde un inicio, la RIDC ha manifestado que incluso la Convención más efectiva, aunque constituiría una base fundamental, no traerá por sí sola la diversidad. Para alcanzar una mayor diversidad se requiere del desarrollo de la capacidad cultural y de las industrias creativas, así como de un mayor equilibrio en el intercambio mundial de bienes y servicios culturales.  Exploraremos igualmente estas cuestiones. La reunión será también consecutiva a la segunda Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información, y será una oportunidad importante para discutir las cuestiones de propiedad de los medios de comunicación y el pluralismo, el acceso público y los contenidos que son ofrecidos por las redes digitales.

La reunión se realizará en conjunción con la reunión de ministros de cultura organizada por la Red Internacional de Políticas Culturales. Todos los delegados que asistan a la reunión de la RIDC tendrán oportunidad de interactuar de manera informal con los ministros de cultura en lo que sin duda será un apasionante evento tanto social como cultural el 20 de noviembre, y cuyo anfitrión será el Ministro de Cultura de Senegal. Las conclusiones de la reunión de la RIDC serán presentadas a los ministros reunidos, el 21 de noviembre.

La reunión de la RIDC abordará los temas de discusión desde la perspectiva de seis áreas de interés y estamos particularmente interesados por contar con representantes de esas áreas:

 

Los temas que se tratarán incluyen:

El tema de la 6ª Reunión anual de la RIDC es La Diversidad Cultura, la Cohesión Social y el Desarrollo Sustentable: Diversidad Cultural para el desarrollo humano, para el alivio de la pobreza, el combate a la inequidad y la promoción del empoderamiento. Nos complace tener como coorganizadoras a la Coalición Senegalesa para la Diversidad Cultural y a la Red Senegalesa de Actores Socioculturales.  

Para mayores informes o para obtener una copia del borrador de agenda, póngase en contacto con el secretariado. Se proporcionarán actualizaciones informativas en los próximos boletines y en la página Web www.incd.net

 


Sección 2 – Reporte sobre la convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales

El Comité Intergubernamental de Expertos de la UNESCO ha concluido su trabajo y ha adoptado un Borrador de Convención. Este último ha sido enviado al Director General y se prevé que la Convención será presentada a la Conferencia General para su aprobación en octubre de 2005.  La RIDC está en este momento revisando cuidadosamente el texto final y ofrecerá un análisis completo tan pronto como sea posible. Mientras tanto, lo que sigue es el reporte final de Garry Neil, Director Ejecutivo. Éste texto debe ser leído conjuntamente con el reporte que preparó para el último boletín.

     Reporte de Garry Neil,
     Director Ejecutivo de la RIDC

 Durante los últimos días de la reunión del Comité Intergubernamental, los delegados alcanzaron un amplio consenso en torno a los elementos principales de la propuesta de Convención. Lo que sigue es la resolución de los temas más destacados y de crucial importancia.

 Relación con otros tratados

El Comité adoptó un punto de vista claramente ambiguo, que la Comisión Europea llamó una solución “en espejo”, cuyos elementos importantes son:

 

20.1 (b)  Al interpretar y aplicar los otros tratados de que son partes o cuando incurran en otras obligaciones internacionales, las Partes deberán tomar en cuenta las disposiciones pertinentes de esta Convención.

20.2        Nada en esta Convención será interpretado en un sentido que modifique los derechos y obligaciones de las Partes en el marco de otros tratados de los que sean partes.

 

Hay un conflicto manifiesto entre el Artículo 20.1 (b) y el 20.2. El primero, que es una interpretación novedosa en el ámbito de la legislación internacional, obliga a las partes a tomar en cuenta esta Convención cuando interpreten otros tratados. No obstante, la segunda dispone que nada en la Convención puede ser utilizado para modificar los derechos que los Estados tienen en esos otros tratados. Hay también un fragmento de texto que dispone que los Estados no están “subordinando esta Convención a ningún otro tratado”.

 

Resolución de disputas

La solución de compromiso sobre este tema implicó retener un procedimiento de conciliación a manera de mecanismo de resolución de disputas. Aun cuando será posible que una sola parte de la disputa inicie el procedimiento de manera unilateral, el reporte final de la comisión de conciliación no es vinculante, tan sólo debe ser considerado “de buena fe” por las partes en disputa. Adicionalmente, al ratificar la Convención, una de las partes puede adoptar una reserva contra este Artículo y declarar que no quedará cubierta por el sistema de resolución de disputas. 

Trato preferente

Este artículo dispone que las naciones desarrolladas “facilitarán” los intercambios culturales y darán acceso preferencial a los artistas y a los bienes culturales “mediante los marcos institucionales y legales adecuados”. Las palabras “y legales” fueron agregadas en las últimas etapas. Canadá, Australia y Nueva Zelanda hicieron cada uno una declaración en el sentido de que entendían que esta cláusula no les obliga a modificar las reglas y reglamentaciones existentes para el desplazamiento de artistas.

Fondo para el desarrollo cultural

No habrá contribuciones obligatorias al fondo, tan sólo un compromiso de que “las partes se esforzarán por proporcionar” las contribuciones voluntarias necesarias para implementar la Convención.

Declaraciones finales

En la sesión de conclusión, los Estados Unidos, Japón, Australia, Israel, Chile, Argentina y Turquía hicieron una reserva formal sobre las disposiciones del Artículo 20. Diversas combinaciones de estos Estados hicieron también reservas sobre otros elementos del texto, particularmente en lo relativo a buscar que ciertos derechos de la Convención estuvieran “sujetos a las obligaciones internacionales existentes”. Los Estados Unidos expresaron una reserva respecto a “la totalidad del texto”. 

Los Estados Unidos pronunciaron una agresiva declaración final, poniendo de manifiesto ciertas preocupaciones respecto al proceso seguido por el Presidente y sobre el resultado final. Los EU alegaban que la Convención “excede el mandato de la UNESCO” y amenaza con “frenar el progreso hacia la liberalización económica que tanto ha hecho por acrecentar la prosperidad”. Concluyó diciendo que los EU “aún esperan que quede una posibilidad de alcanzar una verdadera Convención consensuada digna de la UNESCO”.Se puede consultar una copia de la declaración de EU en: http://www.amb-usa.fr/USUNESCO/INDEX.HTM.

 

Reacción inicial de la RIDC

Tal como se dijo en el último boletín, si la Convención es aprobada y ratificada, constituye una vigorosa afirmación del derecho soberano de los Estados para implementar políticas culturales. Enuncia claramente que los bienes y servicios culturales tienen un valor cultural tanto como comercial, y tiene una disposición interesante que prevé que los Estados utilizarán la Convención al interpretar otros tratados. También aporta ciertos modelos positivos para la cooperación internacional.

No obstante, para constituir un contrapeso efectivo para los acuerdos de comercio e inversión, debería igualmente contener obligaciones de los Estados miembros de emprender acciones para la promoción de la diversidad cultural dentro de sus propios territorios y en el ámbito internacional, así como compromisos de los Estados de ejercer esos derechos en conformidad con principios tales como la apertura de sus mercados a los bienes y servicios culturales de los países del Sur. Las obligaciones y compromisos contenidos en la Convención son, a lo más, modestos. La RIDC estudiará cuidadosamente el texto definitivo durante los meses por venir para analizar su eficacia potencial en este aspecto. 

La RIDC está además decepcionada de que los Estados no hayan podido concretar compromisos para apoyar el desarrollo de la capacidad cultural y las industrias creativas. La redacción sólo prevé que los Estados ·”se esforzarán” por hacer ciertas cosas.

Al concluir el evento, la RIDC emitió el siguiente Comunicado de Prensa:

 

Comunicado de Prensa de la RIDC
UNESCO, París
3 de junio 2005

 La Red Internacional para la Diversidad Cultural tomó una postura reservada sobre el resultado final de las negociaciones en la UNESCO en vistas a una nueva convención sobre la diversidad cultural. 

En una alocución pronunciada en París el día de hoy, Garry Neil, Director Ejecutivo de la RIDC, dijo: “Si el objetivo del nuevo Tratado es declarar el derecho de los estados para implementar políticas culturales y establecer nuevos cimientos para la cooperación en el futuro, entonces el Tratado es un éxito. Si el objetivo es exonerar a los bienes y servicios culturales de los acuerdos comerciales, el tratado es inadecuado, al menos en el corto plazo.”

 Desde el año 2000, la RIDC ha estado en la línea de fuego de la campaña para defender una convención legalmente vinculante sobre la diversidad cultural, que detenga la creciente presión hacia las políticas culturales causada por los acuerdos comerciales multilaterales y bilaterales. La RIDC representa a más de 400 organizaciones en 71 países.

“La RIDC desempeñó un papel activo y positivo en el proceso y apreciamos los esfuerzos de los negociadores para tratar cuestiones muy difíciles durante los últimos meses. La RIDC analizará cuidadosamente el texto final en las próximas semanas para analizar su valor como herramienta para la protección y promoción de la diversidad cultural”, concluyó el Sr. Neil.

 

Los próximos pasos

La Convención ha sido aclamada como un logro notable por varios gobiernos de todo el mundo y por representantes de 70 países (incluyendo a cerca de 50 ministros de cultura) reunidos en Madrid, el 11 y el 12 de junio. La Coalición para la Diversidad Cultural ha sido igualmente congratulatoria y acrítica respecto al texto final.

La adopción de la Convención por la Conferencia General no está garantizada, a pesar de que un número sustantivo de países apoyaron el resultado final del proceso del Comité Intergubernamental. De acuerdo con las reglas de la UNESCO, la Conferencia General tiene la autoridad final para adoptar el texto y una total apertura para enmendarlo. Se anticipa que los Estados Unidos y otros intentarán cambiar ciertas disposiciones de la Convención antes o durante la Conferencia, entre otros retirar el Artículo 20.1(b) de las disposiciones relativas a otros tratados, así como eliminar o modificar el proceso de resolución de disputas.

Después de que la Conferencia general adopte el texto, los Estados deberán ratificarla individualmente, antes de que pueda ser instrumentada.

La RIDC mantendrá a sus miembros informados sobre los acontecimientos por venir.

 

3. Eventos y Anuncios

 

8th  Conferencia Internacional sobre Gerencia Cultural y de las Artes
Association International des Arts et  Management Culturel (AIMAC)
Montreal - Canada
Sunday, July 03, 2005 - Wednesday, July 06, 2005
www.hec.ca/aimac2005
 


Portales culturales: Desafíos y nuevas practicas
Ministerio del Patriminio
Aichi - Japon
Del 6 al 8 de Julio, 2005
www.Culture.ca


Festivales y eventos:  Más allá de los impactos económicos
Napier University
Edinburgh - Scotland
Del 6 al 8 de Julio, 2005
http://www.leisure-studies-association.info/LSAWEB/2005/Main.html

 

4th Conferencia Internacional sobre la investigación de políticas culturales – ICCPR 2006
Del 12 al 16 de
Julio,  2005
Vienna, Austria
www.iccpr2006.com

 

Estadounidenses para las Artes

Junio 11-13 de 2005

Austin, USA

www.artsusa.org/services/events/eventsa.asp?= de id 1521

 

Foro Cultural Mundial

Junio 4-7 de 2005

Amman, Jordania         

http://www.wcfalliance.org

 

Dinámica de la Comunicación: nuevas maneras y nuevos actores

Red Culturelink

Junio 9-12 de 2005

Zagreb, Croacia

http://www.culturelink.org/conf/clinkconf/

 

Octava Conferencia sobre la Cultura Europea

Centro de Estudios Europeos

Octubre 26-29 de 2005

Pamplona, España

http://www.unav.es/cee/pagina_9.html

 

Cumbre mundial sobre la sociedad de la información

Noviembre 16-18 de 2005

Túnez, Túnez

www.itu.int/wsis/

 

Sexta Reunión Anual de la RIDC

Noviembre 17-21

Dakar, Senegal

www.incd.net

 

La RIDC agradece al Gobierno de Canadá por su apoyo financiero sostenido.